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Referencia · impuestos del vendedor online

Percepciones de Ingresos Brutos en la factura mensual

Además de las comisiones y cargos del período, la factura mensual de Mercado Libre puede traer percepciones de Ingresos Brutos. Las practica la plataforma como agente de percepción: en el régimen general, sobre lo que ella te factura, no sobre tus ventas. Según su ayuda, está inscripta como agente del régimen general en 11 jurisdicciones. En la Ciudad de Buenos Aires, la norma vigente (Res. 352/AGIP/2022) les da el carácter de impuesto ingresado, computable a cuenta del anticipo del mes en que se practicaron. La norma de cada una de las otras jurisdicciones está en revisión.

Actualizado el · Herramienta de cálculo. Borrador para revisión de un contador matriculado.

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¿Qué percepciones puede traer la factura mensual?

De dos impuestos, y cada una se computa en su propia declaración. De IVA: la de la RG 2408, sobre el precio neto de lo que la plataforma factura y solo a responsables inscriptos, y la de la RG 5319, sobre el precio total de cada venta. De Ingresos Brutos: las de cada jurisdicción donde la plataforma actúa como agente. Según la ayuda de la plataforma, cuáles aparecen depende de la condición fiscal de cada vendedor frente a ARCA y a cada fisco provincial.

Qué puede traer la factura, percepción por percepción
PercepciónSobre qué se calculaNormaDónde se computa
IVA, RG 2408Precio neto de lo que la plataforma factura; solo a responsables inscriptosRG AFIP 2408/2008, arts. 1 y 2Declaración jurada de IVA
IVA, RG 5319Precio total de cada ventaRG AFIP 5319/2023, art. 6Declaración jurada de IVA
Ingresos Brutos, régimen generalLo que la plataforma factura. En la Ciudad de Buenos Aires, el monto de la operación, con las deducciones que admite el Código FiscalLa de cada jurisdicción. Ciudad de Buenos Aires: Res. 352/AGIP/2022, Anexo I, arts. 33 y 48Declaración de Ingresos Brutos de esa jurisdicción
Ingresos Brutos, portales de comercio electrónico (Ciudad de Buenos Aires)Precio de la operaciónRes. 352/AGIP/2022, Anexo I, arts. 125 a 131Declaración de Ingresos Brutos de la Ciudad
  • Las alícuotas de las dos percepciones de IVA están en la página de percepción de IVA.
  • Según su ayuda, la plataforma actúa como agente de la RG 2408 desde el 1 de noviembre de 2019. Como agente de la RG 5319, la empresa titular de la plataforma figura en el Anexo II de esa resolución.

Fuente: RG AFIP 2408/2008 · arts. 1 y 2, texto actualizado en la biblioteca de ARCA (24-09-2026) · RG AFIP 5319/2023 · art. 6 (base) y Anexo II (agentes) · Boletín Oficial 23-01-2023 (24-09-2026) · Res. 352/AGIP/2022, Anexo I · arts. 33, 48 y 125 a 131 · Boletín Oficial de la Ciudad 29-11-2022 (24-09-2026) · Ayuda de Mercado Pago: impuestos vigentes (artículo 302). Describe lo que hace la plataforma; no es una norma (24-09-2026). Las alícuotas que te aplican a vos dependen de tu inscripción y del padrón de cada fisco.

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¿Por qué aparecen en la factura y no en el cobro de cada venta?

Porque la percepción la practica quien factura, en su propio comprobante. La plataforma le factura al vendedor sus comisiones y cargos, y ahí incluye las percepciones. En la liquidación de cada cobro aparecen otras cosas, como las retenciones de SIRTAC, que se aplican sobre lo cobrado.

  • En el régimen general de la Ciudad de Buenos Aires, el agente percibe cuando realiza ventas, locaciones o prestaciones de servicios (Res. 352/AGIP/2022, Anexo I, art. 48).
  • Según la documentación para desarrolladores de la plataforma, las percepciones se informan por período de facturación, con su fecha de facturación, y las del régimen general, línea por línea contra cada cargo, con base imponible y alícuota.
  • La excepción es el régimen de portales de comercio electrónico de la Ciudad. Ahí la base es el precio de la operación (art. 129). Para quien está en Convenio Multilateral o tiene domicilio en otra jurisdicción, alcanza a las ventas a compradores con domicilio en la Ciudad (art. 130). Para el contribuyente local de la Ciudad, o para quien no acredita su condición, se calcula sobre el total operado en el portal (art. 131). En ese régimen la plataforma informa el número de venta y la provincia del comprador.
  • El importe cambia de un mes a otro con lo facturado en el período y con la alícuota aplicada. En la Ciudad, la alícuota del régimen general la fija para cada contribuyente el Padrón de Regímenes Generales de AGIP (art. 60), entre 0,00 % y 6,00 % (art. 65).

Fuente: Res. 352/AGIP/2022, Anexo I · arts. 48, 60, 65 y 125 a 131 (24-09-2026) · Documentación para desarrolladores de Mercado Libre: resumen y detalle de percepciones (actualizada el 12-03-2026). Describe lo que hace la plataforma; no es una norma (24-09-2026). Las alícuotas que te aplican a vos dependen de tu inscripción y del padrón de cada fisco.

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¿En qué jurisdicciones percibe la plataforma?

Según la ayuda de la plataforma, está inscripta como agente de percepción del régimen general de Ingresos Brutos en 11 jurisdicciones: Catamarca, Ciudad de Buenos Aires, Corrientes, Jujuy, Misiones, Neuquén, Provincia de Buenos Aires, Salta, San Juan, San Luis y Tucumán. Y como agente de percepción de un régimen especial de comercio electrónico en la Ciudad de Buenos Aires, La Pampa y Tucumán. Es lo que declara la plataforma, no una nómina oficial. De las normas de esas jurisdicciones, la única leída en su texto vigente es la de la Ciudad; las demás están en revisión.

EN REVISIÓN · SIN CIFRAS HASTA VERIFICAR

Lo que declara la plataforma y la norma vigente leída
JurisdicciónRégimen de percepción, según la plataformaNorma vigente leída
Ciudad de Buenos AiresGeneral y especial de comercio electrónicoRes. 352/AGIP/2022, Anexo I (rige desde el 1-01-2023)
Provincia de Buenos AiresGeneralEn revisión
CatamarcaGeneralEn revisión
CorrientesGeneralEn revisión
JujuyGeneralEn revisión
La PampaEspecial de comercio electrónicoEn revisión
MisionesGeneralEn revisión
NeuquénGeneralEn revisión
SaltaGeneralEn revisión
San JuanGeneralEn revisión
San LuisGeneralEn revisión
TucumánGeneral y especial de comercio electrónicoEn revisión

Fuente: Ayuda de Mercado Pago: impuestos vigentes (artículo 302), lista de regímenes en los que la plataforma dice estar inscripta como agente. No es una norma (24-09-2026) · Res. 352/AGIP/2022 · art. 1 (régimen general de agentes de recaudación), art. 2 (abroga la Res. 296/AGIP/2019) y art. 3 (rige desde el 1-01-2023) (24-09-2026). Las alícuotas que te aplican a vos dependen de tu inscripción y del padrón de cada fisco.

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¿Qué pasa si no hay alta en esa jurisdicción?

Depende de la norma de cada jurisdicción, y hoy solo está leída la de la Ciudad de Buenos Aires. Ahí, a quien no está en el padrón y no acredita su inscripción en Ingresos Brutos se le percibe el 6 % (Res. 352/AGIP/2022, Anexo I, art. 66); quien acredita el alta después de publicado el padrón queda con la alícuota general del 3,5 % (art. 67). Cómo se computa lo percibido donde no hay alta lo define la normativa de esa jurisdicción: en revisión.

EN REVISIÓN · SIN CIFRAS HASTA VERIFICAR

Fuente: Res. 352/AGIP/2022, Anexo I · arts. 66 y 67 (alícuotas sin padrón o con alta posterior) y arts. 126 y 127 (portales) (24-09-2026). Las alícuotas que te aplican a vos dependen de tu inscripción y del padrón de cada fisco.

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¿Dónde se computan las percepciones de la factura?

Cada una en la declaración de su impuesto. Las de IVA, en la declaración jurada de IVA: desde el período noviembre de 2025 es el F.2051 del servicio Portal IVA, que muestra las percepciones informadas por los agentes para que el contribuyente las valide, y se pueden computar en el período en que se practicaron o en alguno de los cinco siguientes. Las de Ingresos Brutos, en la declaración de la jurisdicción que las practicó: en la Ciudad de Buenos Aires tienen el carácter de impuesto ingresado y se computan a cuenta del anticipo del mes en que se practicaron.

Dónde se computa cada una
PercepciónDeclaraciónPeríodoNorma
IVA, RG 2408 y RG 5319Declaración jurada de IVA: F.2051, Portal IVA (desde el período noviembre de 2025)El de la percepción o alguno de los 5 siguientesRG ARCA 5705/2025, arts. 2, 3 y 8; RG ARCA 5750/2025
Ingresos Brutos, Ciudad de Buenos AiresDeclaración de Ingresos Brutos, anticipo mensualEl anticipo del mes en que se practicóRes. 352/AGIP/2022, Anexo I, art. 11
Ingresos Brutos, otras jurisdiccionesDeclaración de Ingresos Brutos de cada unaEn revisiónEn revisión
  • En la Ciudad, si lo retenido y percibido genera saldo a favor, se compensa con anticipos posteriores sin autorización previa (art. 12).
  • Con qué sistema se presenta cada declaración de Ingresos Brutos, y cómo entran estas percepciones para quien está en Convenio Multilateral, está en revisión.

Fuente: RG ARCA 5705/2025, arts. 2, 3 y 8: F.2051 desde el período noviembre de 2025 · biblioteca de ARCA (24-09-2026) · RG ARCA 5750/2025: cómputo en el período o en alguno de los 5 siguientes (RG 2408, art. 7; RG 5319, arts. 12 a 14) · biblioteca de ARCA (24-09-2026) · Res. 352/AGIP/2022, Anexo I · arts. 11 y 12 (24-09-2026). Las alícuotas que te aplican a vos dependen de tu inscripción y del padrón de cada fisco.

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¿Qué cambia con SIRCIP el 1 de diciembre de 2026?

Para esta factura, todavía no se sabe. SIRCIP es el sistema de la Comisión Arbitral para los regímenes de percepción de Ingresos Brutos de las jurisdicciones adheridas, pensado para contribuyentes de Convenio Multilateral. Su vigencia está fijada para el 1 de diciembre de 2026, pero solo con las jurisdicciones que liste una disposición que, al 24-09-2026, no se publicó. El listado de agentes de SIRCIP está suspendido, así que ninguna fuente oficial dice hoy si la plataforma va a actuar como agente. Mientras tanto, rigen los regímenes de cada jurisdicción.

  • De las 11 jurisdicciones que lista la plataforma, 8 figuran adheridas a SIRCIP en la planilla de la Comisión Arbitral: Catamarca, Ciudad de Buenos Aires, Jujuy, Misiones, Neuquén, Provincia de Buenos Aires, Salta y San Juan. Corrientes, San Luis y Tucumán figuran pendientes.
  • Estar adherida no es aplicar SIRCIP desde el 1 de diciembre: la planilla no registra todavía ninguna jurisdicción incorporada a esa etapa.
  • Cada jurisdicción puede sumar a sus contribuyentes locales con un padrón adicional.

Fuente: Disposición de Presidencia C.A. 7/2026 · arts. 1 y 2 · Boletín Oficial 11-06-2026 (24-09-2026) · RG C.A. 9/2025 (9-04-2025) · art. 1 (aprueba SIRCIP para los contribuyentes de Convenio Multilateral), considerandos y Anexo I, punto C.3 (padrón adicional de locales) (24-09-2026) · SIRCIP · Planilla de jurisdicciones adheridas, Comisión Arbitral (24-09-2026) · SIRCIP · Listado de agentes, Comisión Arbitral: publicación suspendida (24-09-2026) · Disposiciones de Presidencia 2026, Comisión Arbitral: ninguna posterior a la 7/2026 sobre SIRCIP (24-09-2026). Las alícuotas que te aplican a vos dependen de tu inscripción y del padrón de cada fisco.

Qué hace Mes Redondo con esto

Mes Redondo lee las percepciones de la factura mensual de Mercado Libre, desde el detalle de percepciones de la facturación o desde el reporte de facturación que se descarga del panel, y separa las de IVA de las de Ingresos Brutos, con la base y la alícuota cuando la fuente las trae; lo que no puede clasificar queda marcado para revisar. La jurisdicción solo se anota si la fuente la informa. En el detalle de percepciones, es la provincia del comprador, un dato que la plataforma trae en el régimen especial. En el reporte del panel, el impuesto y la jurisdicción se infieren del texto de la columna Detalle, y esa inferencia queda escrita en cada fila. Lo que llega sin jurisdicción (en el detalle de percepciones, las del régimen general sobre los cargos no la traen) no se atribuye a ninguna: queda en un renglón aparte, sin jurisdicción, para revisar con tu contador. No presenta declaraciones ni hace trámites ante los fiscos.

Preguntas frecuentes

01¿Por qué la factura del mes trae impuestos que no vi en cada venta?

Porque las percepciones las practica la plataforma en el comprobante con el que factura sus comisiones y cargos del período, no en la liquidación de cada cobro. En el cobro de cada venta pueden aparecer otras cosas, como las retenciones de SIRTAC. Según la ayuda de la plataforma, qué percepciones aparecen depende de la condición fiscal de cada vendedor frente a ARCA y a cada fisco provincial.

02¿Qué carácter tiene una percepción de Ingresos Brutos?

En la Ciudad de Buenos Aires, la Res. 352/AGIP/2022 le da el carácter de impuesto ingresado, computable a cuenta del anticipo del mes en que se practicó (Anexo I, art. 11). Para las otras jurisdicciones, la norma está en revisión. El tratamiento contable lo define tu contador.

03¿Alcanzan al monotributista?

Depende del impuesto y de la jurisdicción. La percepción de IVA de la RG 2408 alcanza solo a responsables inscriptos (art. 1). En la Ciudad de Buenos Aires, la Res. 352/AGIP/2022 exceptúa de retenciones y percepciones a los inscriptos en el Régimen Simplificado de Ingresos Brutos (Anexo I, art. 8, inc. e). Para las otras jurisdicciones, en revisión. Revisalo con tu contador.

04¿Dónde se ve el detalle de cada percepción?

En la factura de la plataforma: su ayuda dice que las percepciones que correspondan se ven en las facturas. En el detalle de percepciones que la plataforma informa por período, cada línea trae base imponible y alícuota; la provincia del comprador aparece solo en el régimen especial.

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